viernes, 25 de julio de 2014

Ley General de Educacción


05/07/2014



En este día también estuvimos analizando estos importantes documentos que tienen que ver en el ámbito educativo.


Ley generar de educación 66-97
                               


Art. 1.- La presente ley garantiza el derecho de todos los habitantes del país a la educación. Regula, en el campo educativo, la labor del Estado y de sus organismos descentralizados y la de los particulares que recibieren autorización o reconocimiento oficial a los estudios que imparten. Esta ley, además, encauza la participación de los distintos sectores en el proceso educativo nacional.







La educación es un derecho permanente e irrenunciable del ser humano. Para hacer efectivo su cumplimiento, cada persona tiene derecho a una educación integral que le permita el desarrollo de su propia individualidad y la realización de una actividad socialmente útil; adecuada a su vocación y dentro de las exigencias del interés nacional o local, sin ningún tipo de discriminación por razón de raza, de sexo, de credo, de posición económica y social o de cualquiera otra naturaleza;
b.
Toda persona tiene derecho a participar de la vida cultural y a gozar de los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones;
c.
La educación estará basada en el respeto a la vida, el respeto a los derechos fundamentales de la persona, al principio de convivencia democrática y a la búsqueda de la verdad y la solidaridad;
d.
La educación dominicana se nutre de la cultura nacional y de los más altos valores de la humanidad y está a su servicio para enriquecerlos;
e.




Todo el sistema educativo dominicano se fundamenta en los principios cristianos evidenciados por el libro del Evangelio que aparece en el Escudo Nacional y en el lema "Dios, Patria y Libertad";


Art. 5.-
 La educación dominicana sustenta los siguientes fines:


  1. Formar ciudadanos amantes de su familia y de su Patria, conscientes de sus deberes, de derechos y de sus libertades, con un profundo sentido de responsabilidad y de respeto a la dignidad humana;
  2. Educar para el conocimiento de la dignidad y la igualdad de derechos entre hombres y mujeres;
  3. Crear y fortalecer una conciencia de identidad de valoración e integración nacional, en un marco de convivencia internacional, enalteciendo los derechos humanos y las libertades fundamentales, procurando la paz universal con base en el reconocimiento y respeto de los derechos de las naciones;
  4. Formar para la comprensión, asimilación y desarrollo de los valores humanos y trascendentes: intelectuales, morales, éticos, estéticos y religiosos;
  5. Formar recursos humanos calificados para estimular el desarrollo de la capacidad productiva nacional basada en la eficiencia y en la justicia social.


Art. 6.- Para el cumplimiento de los anteriores principios y fines, la educación dominicana procurará los siguientes propósitos:



En el orden de la calidad de vida:

Promover la conservación, el desarrollo y la difusión del patrimonio científico y tecnológico y de los valores culturales del país y sus regiones, así como los universales, de tal modo que se armonicen tradición e innovación;
a.           Promover en la población una conciencia de la protección y aprovechamiento racional de los recursos naturales, así como de la defensa de la calidad del ambiente y el equilibrio ecológico;


 En el orden de la democratización:

  1. Fomentar la igualdad en oportunidades de aprendizaje y la equidad en la prestación de servicios educacionales;
  2. Propiciar la colaboración y confraternidad entre los dominicanos y el conocimiento y práctica de la democracia participativa como forma de convivencia, que permita a todos los ciudadanos ejercer el derecho y el deber de intervenir activamente en la toma de decisiones orientadas al bien común;
  3. Fomentar una actitud que favorezca la solidaridad y la cooperación internacional basada en un orden económico y político justo, convivencia pacífica y la comprensión entre los pueblos;


En el orden pedagógico


  1. Fortalecer los buenos hábitos personales del aprendizaje, que permitan el dominio efectivo de los códigos culturales básicos, acceder a la información, pensar y expresarse con claridad, cuidarse así mismo y relacionarse armónicamente con los demás y con su medio ambiente;
  2. Fomentar la apropiación de los conocimientos y técnicas de acuerdo con el desarrollo bio-psicosocial de los educandos;
  3. Crear un ambiente de enseñanza y aprendizaje propicio para el desarrollo del talento en todas sus formas, de la creatividad en todas sus manifestaciones y de la inteligencia en todas sus expresiones;
  4. Propiciar que el desarrollo de capacidades, actitudes y valores sean fomentados respetando las diferencias individuales y el talento particular de cada estudiante.



Párrafo.- Los asuntos específicos relacionados con la Educación Superior de leyes especiales, complementarias a la presente ley.
Art. 2.- A partir de la promulgación de la presente ley la Secretaría de Estado de Educación, Bellas Artes y Cultos se denominará Secretaría de Estado de Educación y Cultura.
Art. 3.- Esta ley regula las atribuciones de la Secretaría de Estado de Educación y Cultura como representante del Estado en materia de la educación, de la cultura y del desarrollo científico y tecnológico del país en el ámbito de su jurisdicción.


Art. 4.- La educación dominicana se fundamenta en los siguientes principios:

Este es un pequeño resumen de la ley generar de educación que sustenta algunos principios y fines que fermente el desarrollo de la educación dominicana en nuestro país, todo ciudadano tiene derecho a la educación. La educación dominicana procura tener una educación de calidad y está cumpliendo con los objetivos propuestos por que nuestra educación está avanzando a lo largo del tiempo.




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